Compartimos la síntesis sobre la jornada realizada por el Área de cultura del IDEP, con motivo del día mundial contra el trabajo infantil.
PARTICIPARON compañeros y compañeras referentes de: FORO POR LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ – HOSPITAL DE NIÑOS – LINEA 102 CUIDA NIÑOS – HORMIGUERO CULTURAL – CTA – IDEP
EJE DE LA JORNADA | “LA CLASE TRABAJADORA ORGANIZADA CONSTRUYENDO DERECHOS DE NUESTROS NIÑOS”
SÍNTESIS DE LA JORNADA
A partir de la presentación de lxs compañerxs se comienza a trabajar en los significantes de ambos Términos: “TRABAJO INFANTIL” entendida como temática a debatir y deliberar, ante la necesidad de poner en común aquello que se conoce acerca de la misma en un marco de respeto, con posiciones diferenciadas a favor y en contra, por lo que se desarrolla un diálogo que se enriquece con lo que cada uno refiere en relación al tema, al tiempo que se abre un abanico de variables de ambas categorías, a partir de su dimensión Histórica – Económica – Socio – Cultural, se parte desde las historias personales, familiares y experiencias de los respectivos lugares de pertenencia laboral, acerca del trabajo infantil y de los derechos de la niñez.
– TRABAJO: según la concepción ideológica; producción/ explotación, forma de crianza- construcción de sujeto, dignidad-solidaridad- inclusión/ exclusión- formación-transformación – creación/ reproducción –valorado como medio de vida – mano de obra barata – alienación-al servicio del mercado – obedecer – orden instituido, privilegio sobre uno de los pares cuerpo/mente – gozar/sufrir.
– INFANTIL: según patrones culturales a través del tiempo, sujetos vulnerables, con derechos a proteger y ser respetados- jugar, aprender, estudiar, cuidado, salud, etc., con Militancia, como formas de Construcción Social, revisar prejuicios, (para adentro y hacia fuera)
Se analiza a partir de la Historia en relación a la década de los/90, “Se perdió la Cultura del Trabajo” o “Se perdió el Trabajo”?,“antes los niños acompañaban a los padres al trabajo”, dos generaciones aprendiendo otras culturas, otras formas, no solo en relación a la niñez sino también cambios culturales respecto de los géneros y su vinculación con el trabajo. Por otra parte se reflexiona si a lo largo de la historia y en la actualidad, el trabajo en la niñez era ó es “Explotación – Obligación – Opción – Elección – Decisión” –
“…de según como se mire todo depende”, si es un Derecho ó Sobre- Carga de Responsabilidad.
Se confecciona de manera colectiva un listado de diversas formas de “TRABAJO”: Infantil –mujer – familiar – solidario – creativo – alienado – militante – diferentes condiciones; asalariado – precario- golondrina – clandestino – satisfacción – insatisfacción – sexual- cooperativo: cartonero,…
Se hace referencia a películas con relación al tema “Beautiful”, “El rumor de las piedras”
Hacia el cierre se implementa una técnica de construcción colectiva y queda redactado de la siguiente forma:
“Soy un niño, tengo derecho a no trabajar, trabajar cansa, acción transformadora, derecho a poder elegir como sujeto; qué quiero ser, El trabajo infantil se considera según desde qué lugar se lo vea, cuando trabajo crezco o sufro?, hoy trabajamos en la construcción de un sujeto de derechos, los niños deben jugar mas, y fue así que nos dimos la oportunidad de escuchar llover pensándonos como NIÑOS”
EVALUACIÓN Y CONCLUSIONES
Pocas veces hay espacio para “Lo Simbólico” y trabajar categorías teóricas para transformación desde “Lo Político”, un lugar para debatir y pensar políticas de Niñez para llevar adelante como trabajadores, continuar teorizando nuestras prácticas, celebro estar en un contexto interdisciplinario y heterogéneo- pensarnos- nuevas preguntas, ida y vuelta, escuchar diferentes realidades, utilizar la razón como instrumento para accionar, ampliar el espacio, hacer circular la información, convocar aclarando lineamientos de la actividad, construcción teórico – política organizativa diferenciada del pensamiento hegemónico para incidir en lo legal, conocer desde donde partimos.
Ley 13.803/08 que crea el programa Provincial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil (COPRETI) y su actividad se sustenta en el marco de la Convención de los Derechos del Niño con jerarquía Institucional y en la Ley Provincial N° 13298 de Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños.
Propuestas:
- Sostener el espacio con frecuencia mensual
PRÓXIMO ENCUENTRO JUEVES 10 de JULIO/2014.-
- Propiciar actividad de Cine – Debate con temática relacionada
Coordinación del espacio. Beatriz Silva- Area Cultura – IDEP
* MANUEL BELGRANO: Primer pedagogo
No cabe duda de que Sarmiento fue el gran impulsor de la educación argentina. Pero no fue el primero, ya que bastante antes fue precisamente Manuel Belgrano —a quien muchos autores llaman “el primer pedagogo criollo”— quien advierte sobre el riesgo de la falta de conocimientos y de instrucción mínima en gran parte de la población. “Educación es lo que necesitan estos pueblos para ser virtuosos e ilustrados como corresponde”, escribió. Entonces decide que “el país necesita escuelas”. Las crea, comenzando por una Escuela de Niñas. Hasta ahí se pensaba que la mujer no tenía necesidad de saber nada, y todo quedaba reducido a aquellas pocas casas en las que les enseñaban a leer y escribir.
Belgrano combate este absurdo y a partir de él se inicia la educación de la mujer en nuestra Patria. También incorpora al aprendizaje a los niños negros.
Matereiales relacionados
Historia de los Derechos del Niño
Perspectiva histórica de la evolución de los Derechos del Niño
En la antigüedad nadie pensaba en ofrecer protección especial a los niños.
En la Edad Media, los niños eran considerados “adultos pequeños”.
A mediados del siglo XIX, surgió en Francia la idea de ofrecer protección especial a los niños; esto permitió el desarrollo progresivo de los derechos de los menores. A partir de 1841, las leyes comenzaron a proteger a los niños en su lugar de trabajo y, a partir de 1881, las leyes francesas garantizaron el derecho de los niños a una educación.
A principios del siglo XX, comenzó a implementarse la protección de los niños, incluso en el área social, jurídica y sanitaria. Este nuevo desarrollo, que comenzó en Francia, se extendió más adelante por toda Europa.
Desde 1919, tras la creación de la Liga de las Naciones (que luego se convertiría en la ONU), la comunidad internacional comenzó a otorgarle más importancia a este tema, por lo que elaboró el Comité para la Protección de los Niños.
El 16 de septiembre de 1924, la Liga de las Naciones aprobó la Declaración de los Derechos del Niño (también llamada la Declaración de Ginebra), el primer tratado internacional sobre los Derechos de los Niños. A lo largo de cinco capítulos la Declaración otorga derechos específicos a los niños, así como responsabilidades a los adultos.
La Declaración de Ginebra se basa en el trabajo del médico polaco Janusz Korczak.
La Segunda Guerra Mundial dejó entre sus víctimas a miles de niños en una situación desesperada. Como consecuencia, en 1947 se creó el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (conocido como UNICEF) al cual se le concedió el estatus de organización internacional permanente en 1953.
Durante sus inicios, la UNICEF se centró particularmente en ayudar a las jóvenes víctimas de la Segunda Guerra Mundial, principalmente a los niños europeos. Sin embargo, en 1953 su mandato alcanzó una dimensión internacional y comenzó a auxiliar a niños en países en vías de desarrollo. La Organización luego estableció una serie de programas para que los niños tuvieran acceso a una educación, buena salud, agua potable y alimentos.
Desde el 10 de diciembre de 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce que “la maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales”.
En 1959 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración de los Derechos del Niño, que describe los derechos de los niños en diez principios. Si bien este documento todavía no ha sido firmado por todos los países y sus principios tienen carácter indicativo, le facilita el camino a la Declaración Universal sobre los Derechos del Niño.
Luego de aprobar la Declaración de los Derechos Humanos, la ONU deseaba presentar una Carta de Derechos Fundamentales que exigiera a los gobiernos a respetarla. Como consecuencia, la Comisión de los Derechos Humanos se dispuso a redactar este documento.
En medio de la Guerra Fría, y tras arduas negociones, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó en Nueva York dos textos complementarios a la Declaración Universal de los Derechos Humanos:
- El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que reconoce el derecho a la protección contra la explotación económica y el derecho a la educación y a la asistencia médica.
- El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,
que establece el derecho a poseer un nombre y una nacionalidad.
La ONU proclamó al año 1979 como el Año Internacional del Niño. Durante este año, tuvo lugar un verdadero cambio de espíritu, ya que Polonia propuso crear un grupo de trabajo dentro de la Comisión de los Derechos Humanos que se encargara de redactar una carta internacional.
Así, el 20 de noviembre de 1989, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño. A lo largo de 54 artículos el documento establece los derechos económicos, sociales y culturales de los niños.
Este es el tratado sobre derechos humanos que se ha aprobado más rápidamente. Se convirtió en un tratado internacional y el 2 de septiembre de 1990 entró en vigencia luego de ser ratificado por 20 países.
El 11 de julio de 1990 la Organización para la Unidad Africana aprobó la Carta Africana sobre los Derechos y Bienestar del Niño.
Se adoptó el 17 de junio de 1999 la Convención sobre las peores formas de trabajo infantil.
En mayo de 2000, se ratificó el Protocolo facultativo de la Carta Internacional sobre los Derechos del Niño, que trata la participación de los niños en conflictos armados y entró en vigor en 2002. Este documento prohíbe que los menores participen en conflictos armados.
Hasta ahora, la Convención sobre los Derechos del Niño ha sido firmada por 190 de 192 Estados, aunque hay algunas reservas sobre ciertos fragmentos del documento. Sólo Estados Unidos y Somalia la han firmado pero no ratificado.
Actualmente, su ideal y carácter contundente son universalmente aceptados. Sin embargo, su funcionamiento puede mejorar y aún es necesario transformar las palabras en acciones. En un mundo en dónde la urgencia es lo esencial, en dónde un niño muere de hambre cada 5 segundos, es hora de unificar la teoría con la práctica. Tal vez es así como deberíamos de haber comenzado.
Traducido por: Paola Muller Corregido por: Lourdes Gil Alvaradejo |